RIZADO
DEL SUR
COMENTARIO
DE CADA UNO DE LOS APARTADOS DE LA PLANILLA DE ENJUICIAMIENTO
Continúo
con la traducción de los criterios de enjuiciamiento de la Federación
Ornitológica Italiana, por su indudable interés tanto para los criadores como
para los jueces.
TALLA – 10 puntos. Longitud
17 cm. proporciones perfectas.
Como
la raza tiende a disminuir de talla, los
ejemplares con una longitud inferíos a 16 cm. serán fuertemente penalizados.
En un ejemplar macho si la longitud es de 16 cm. hay que considerarle como
pequeño. A un ejemplar un poco más largo de los 17 cm. no se le penalizará si
las proporciones son perfectas.
POSICIÓN – 15 puntos. En forma de 7, mantenida durante
un cierto tiempo, espalda y cola en línea casi vertical, formando con el cuello
y la cabeza un ángulo un poco superior a los 90º.
La cabeza y el cuello tienen que estar
en una línea casi horizontal, formando con el eje del cuerpo un ángulo un poco
superior a 90º.
Un ángulo de 90º es igualmente correcto.
La máxima extensión del cuello es debida sencillamente a la supresión de sus
dos curvas (cifosis y lordosis cervical).
La posición casi vertical o totalmente
vertical se continúa por la cola, la cual debe estar próxima al palo o
posadero.
La correcta posición de 7 solo se puede
tomar si las extremidades inferiores están del todo extendidas y verticales.
Por tanto el juez deberá evaluar en este
apartado la posición de las patas, mientras que las otras características se
valorarán en el apartado correspondiente.
Aunque no es muy frecuente, hay
ejemplares que toman con extrema facilidad una posición perfecta y la mantienen
durante una decena de segundos;
solamente en este caso el canario no tendrá ninguna penalización en este
apartado.
Esto no excluye que en otros momentos,
por razones ambientales o internas del pájaro, esté pateando mientras mantiene
la posición correcta.
Este estremecimiento o movimiento es
indicio de temperamento y constituye, en el momento de los emparejamientos,
motivo de preferencia; pero durante el enjuiciamiento no es admisible, porque
el máximo valor se concede cuando el ejemplar se mantiene durante un poco de
tiempo en la posición de 7.
Naturalmente, cuando el canario toma de
una manera breve, la posición adecuada, cuando le estimula el juez, recibirá
una penalización. Una posición valorada como buena obtiene una puntuación de 11 – 12 puntos, y si se valora como
suficiente solo puede obtener 9 – 10 puntos.
PLUMAJE – 10 puntos. Sedoso, abundante, compuesto,
abdomen liso, admitidos todos los colores.
El
plumaje de este canario puede ser algo menos abundante que el del Rizado del
Norte, pues su talla es algo menor, pero esta diferencia de talla no debe
influir en la vaporosidad y plenitud del plumaje. Como en el Rizado del Norte
el plumaje está definido como abundante.
En las zonas no rizadas, el plumaje debe
estar bien adherido, especialmente en el abdomen, que es la zona a menudo
defectuosa en los ejemplares que tienen el plumaje sedoso y abundante. Ya que
las plumas del abdomen provienen de las dos ramas simétricas del pterilo (zona
de la piel donde nacen las plumas) ventral, a veces ocurre en los ejemplares
que tienen el plumaje del abdomen bien adherido al cuerpo se forme en medio
un SURCO MEDIANO. La presencia de este
surco es el Non Plus Ultra de la perfección del abdomen en esta raza. Por el contrario, el defecto más grave se da
cuando las plumas están caídas, o todas revueltas, o todas hacia un lado (golpe de viento). El juez debe observar
con atención que las plumas del abdomen están formadas realmente por plumas abundantes y adheridas y no por
plumas vaporosas y levantadas, del tipo del “plumón”, que la mano experta de un
“peluquero” astutamente ha recortado o afeitado. Si el juez ve en esta, como en
otra región, trucos de este tipo, debe ser severo en la penalización. Si el arreglo es muy visible el ejemplar será descalificado.
Es
difícil valorar la penalización que
puede recibir la zona de contacto entre los rizos del pecho o jabot y los de
los flancos o aletas (zona del stacco), la
cual debe ser limpia, es decir, no presentar plumas que dañen y perjudiquen la clara separación
entre ambos rizos. Tal región del
stacco, además de al plumaje, afecta obviamente al pecho o jabot y a los
flancos o aletas, el juez deberá elegir en qué apartado penalizar el defecto si
lo hubiere. Una penalización en cada uno de los tres apartados puede
considerarse excesiva.
En principio una nube de plumas que
estropean mucho el stacco podrá tener un punto de penalización en los tres
apartados.
ESPALDA – 10 puntos. Bien repartida, simétrica,
voluminosa (gruesa, amplia o ancha, y extendida por toda la espalda)
La
espalda debe estar limitada al alto
dorso, por lo que no debe extenderse ni hacia el cuello ni hacia la grupa o
parte de la espalda entre las alas, de lo contrario se estropea o deforma la
zona de los rizos, que debe aparecer bien delimitada.
Teniendo
en cuenta lo anterior los defectos pueden ser los siguientes:
a)
Espalda simétrica en el contorno, pero
escasa o defectuosa en la línea de separación.
b) Espalda
asimétrica.
El
insuficiente desarrollo de la espalda, la llamada espalda enana, es un defecto grave porque priva al plumaje
del aspecto de ser abundante.
La
expresión “bien repartida” quiere dar a entender que las plumas tienen que
partir de una línea de separación mediana, bien clara y recta, sin trazas de
sinuosidades. La línea de separación puede estar cubierta de plumón (exceso de
nevado en el plumaje). El defecto es aún más grave si la línea de separación no
es bien recta.
La
espalda debe aparecer como un grueso
libro abierto por la mitad.
El
defecto mucho más grave es el de la asimetría, que se debe sobre todo a alguna
de las dos causas siguientes.
Si
en el primerísimo tramo del pterilo dorsal todas las plumas rizadas salen hacia
un solo lado, se forma una única y gruesa espalda que invade buena parte del
cuello, mientras el otro lado queda privado
o casi privado de plumas rizadas;
la raya de separación toma entonces una tendencia oblicua. En el caso de
que esta gruesa espalda esté a la derecha, la raya de separación va de detrás
hacia delante hacia la izquierda y viceversa en el caso opuesto; este fenómeno
se denomina golpe de viento en la
espalda, y se dice que el canario es de espaldas a derechas o a izquierdas. Este defecto recibe una valoración de clara insuficiencia, ya
que es altamente transmisible.
La
otra causa es debida a la presencia de un bouquet
sobre la grupa, que hace que una de las dos mitades de la espalda parezca
más larga que la otra, además de más voluminosa. Es fácil darse cuenta del
bouquet cogiendo con la mano al canario y levantando con un palillo las últimas
plumas; verá que las que pertenecen al
bouquet son más largas y suaves que las anteriores y tienen una curvatura
diferente; si uno se las arregla para acomodarlas bajo el ala, al menos por
unos momentos, el defecto desaparece. Este defecto es menos grave que el
anterior, porque a menudo es transitorio y debido a una mala posición del ala
que levanta las plumas de la grupa, pero que exige una penalización determinante, porque introduce una característica
propia de otras razas (Parisien y Rizado Gigante), es motivo de asimetría y
altera la zona de unión.
En
los ejemplares pintados la espalda pintada suele ser más defectuosa que cuando
es de un solo color, porque en general, la pluma pigmentada tiene una
estructura algo diferente, y resulta a menudo más realzada que la no
pigmentada; también, una espalda pintada (manchada) produce efectos de
claroscuro que fácilmente pueden engañar o confundir. Por lo tanto en este caso
la valoración puede ser un poco menos severa.
La falta de uno de
los dos rizos de la espalda supone la descalificación.
FLANCOS o ALETAS – 10 puntos. Bien repartidos, simétricos y
voluminosos (gruesos, anchos) curvados hacia lo alto y sobrepasando el borde de
la espalda.
Cuando
el canario está en posición la dirección de las plumas es más horizontal. La
explicación es obvia si se tiene en cuenta que el cuerpo está más erguido que
en otras razas como el Fiorino y el Rizado del Norte.
Debido
a que los flancos son los rizos más vistosos y a que no es raro encontrar
ejemplares con buenos y óptimos flancos, el juez deberá enjuiciarlos con
severidad.
Sobre
la “limpieza” que debe haber entre los flancos y los rizos del pecho (stacco)
ya se ha comentado en el apartado Plumaje.
La posición de los Flancos no debe ser
demasiado hacia atrás, de lo contrario,
parecen no estar relacionadas con la “zona de los rizos”. Vistas de frente y desde arriba, deben ser perfectamente
simétricas, es decir, ninguna debe estar más alta o más baja que la otra.
Muy a menudo un lado aparece insuficiente
porque una parte de sus plumas están giradas hacia el interior, hacia el
abdomen, con lo que ambas connotaciones se vuelven defectuosas. El hecho es
fácilmente comprensible si se considera que el Pecho, las Aletas y el Abdomen
están todas formadas por plumas que nacen sucesivamente una a continuación de
otra en el mismo pterilo.
Cuando se da el fallo mencionado, casi
siempre el rizo de la espalda del mismo lado
donde se da el defecto de la Aleta, está más desarrollado que el otro.
En otros términos, el flanco o aleta más débil y la espalda más desarrollada se
encuentran asociadas al mismo lado del cuerpo, y también a menudo a un abdomen
con plumas en forma de “golpe de viento” provenientes del mismo lado y con un
Jabot o pecho que tiene un poco el mismo defecto. El juez hará muy bien en
observar al mismo tiempo estas cuatro zonas para ver si existe este grave defecto compuesto que por su
fuerte transmisibilidad tendrá una severa
penalización en los cuatro apartados.
La falta de uno de los flancos supone la
descalificación. Pero es necesario prestar mucha atención de que el flanco no
aparezca señalado porque esté aplastado por el ala. En caso de duda es
aconsejable hacer mover y volar un poco al ejemplar y observarle de nuevo, pero
siempre tendrá penalización porque en el
mejor de los casos se trata de un Flanco más bien débil.
PECHO O JABOT – 10 puntos. Simétrico. Bien levantado. En
forma de nido de golondrina. La cavidad bien señalada. Sin plumas fluctuantes
que no estén bien colocadas. Su anchura debe ser de 3 – 3’5 cm.
El pecho debe estar hueco, pues solo en
esta Raza los rizos del pecho se pueden llamar Cesto.
Su
anchura externa debe ser de 3 a 3’5 cm. La cavidad debe estar bien excavada, y
sin plumas que sobresalgan por ningún lado.
Una eventual zona desnuda en el interior
del jabot, se penaliza en el apartado de plumaje. Naturalmente, la cavidad del
cesto es la que permite ver el cuello en toda su longitud.
CABEZA Y CUELLO – 10 puntos. Cabeza pequeña. Serpentiforme y
lisa. Cuello liso, ligero, largo y proyectado hacia delante casi
horizontalmente.
La
cabeza y el cuello hay que valorarlos cuando el canario está en posición. En
esos momentos las plumas de la cabeza y del cuello deben estar bien adheridas
con lo que hacen que la cabeza parezca más pequeña y como aplastada, por lo que
parece la de una serpiente. El cuello largo y esbelto.
La cabeza y el cuello no deben tener
ningún rizo, y la presencia de algún pequeño rizo en el cuello (corbata),
aunque frecuente en esta raza, debe ser penalizado.
El
surco retrocular normalmente aparece como una pequeña estría hundida de
pocos milímetros. Esos bordes constituyen
un defecto ya que dan la idea de un pequeño rizo (sobre todo el borde
superior que nos produce la llamada cabeza cónica).
Una mínima referencia de ceja bilateral
que se limite a conferir un cierto ceño, y nada más, en un ejemplar macho, no
constituye defecto. Si, por el contrario, las cejas son evidentes, y mucho peor
si solo están a un lado, son un defecto que se penaliza con uno o dos puntos (prestar atención para comprobar que
no se trata de plumas fuera de su sitio en un ejemplar asustado). Plumas
desplazadas o fuera de lugar en cualquier otro sitio de la cabeza también
constituyen un defecto.
Es necesario que el OJO sea grande y perfectamente redondo, ya que confiere al ejemplar
una mirada contundente y audaz que entona perfectamente con la fiereza de una
perfecta posición. Así que la forma de los ojos puede ser objeto de
penalización. Por tanto la penalización del
apartado Cabeza y Cuello será la suma de las penalizaciones de cada parte.
ALAS – 5 Puntos. Adheridas al cuerpo. Ni
separadas, ni cruzadas.
Regulares
(completas de plumas, normalmente desarrolladas e imbricadas), bien llevadas
(que no se crucen ni que cuelguen)
En esta raza no es raro que las alas
aparezcan cruzadas bien debido a un defecto estable, o a la excitación del
momento (sobre todo en los machos).
Hay
que tener un poco de paciencia para saber cuál es la causa de verdad. En el primer caso la penalización es
normalmente de un punto, en el segundo, si se observa durante el
enjuiciamiento que la posición es la adecuada no hay ninguna penalización. Si solo hay un ala que está en la posición
adecuada mientras la otra está caída, casi seguro que se trata de una postura
debida a una lesión anterior, con lo que el canario está excluido del enjuiciamiento. Lo mismo ocurre si claramente se
observa la falta de plumas de vuelo (rémiges).
PATAS – 10 Puntos. Patas largas y totalmente
extendidas; muslo y tarso en línea perfectamente verticales, sin formar ningún
ángulo en el talón (articulación entre el muslo y lo que normalmente se llama
pata); muslos cubiertos de plumas y perfectamente visibles; tarsos,
dedos y uñas fuertes y regulares.
Anatómicamente, como en cada una de las
razas rizadas, las patas son largas en proporción al cuerpo, pero parecen más
porque están completamente extendidas. Pero la selección ha producido algunos
ejemplares en los que las patas son algo más largas que en otras razas de igual
talla. Si la extensión de la pata es la correcta, la articulación entre el
muslo y la pata (muslo y tarso) no tiene que aparecer ningún ángulo ni hacia
detrás ni hacia delante.
Un ángulo hacia delante, que no es raro en los
ejemplares de gran excitabilidad nerviosa, tendrá una penalización de 1 ó 2
puntos según el defecto, y alcanzará los 4 puntos si se da en las dos patas al
mismo tiempo. Se da esta alta penalización teniendo presente que es un defecto
anatómico y no puntual o debido a un accidente.
Uñas
finas o demasiado largas constituyen un defecto. En caso extremo penalizar con un punto. Uñas dobladas
lateralmente y aún peor retorcidas, constituyen un grave defecto que será penalizado al menos con un punto.
COLA. 5 puntos.
Derecha,
homogénea, completa, proporcionada al cuerpo, ligeramente bifurcada, ausencia de plumas de gallo.
En el caso de que la cola sea corta, el
juez debe tener que ya implícitamente lo ha penalizado en el apartado de Talla.
En el caso de que esté sucia deberá penalizarlo en Condición General. Plumas
timoneras desgastadas o deformadas serán
penalizadas con al menos un punto.
CONDICIÓN GENERAL. 5 puntos.
Limpieza,
vivacidad, estado de salud.
Los defectos relativos a este
apartado deben ser siempre decididamente
penalizados, porque un canario sucio o con mal estado de salud no se debe
exponer.
Cualquier síntoma de enfermedad implica
la descalificación.
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